El RD 105/2008 define los conceptos de productor de residuos de construcción y demolición, que se identifica, básicamente, con el titular del bien inmueble en quien reside la decisión última de construir o demoler (Promotor), y de poseedor de dichos residuos, que corresponde a quien ejecuta la obra y tiene el control físico de los que se generan en la misma (Contratista).
Entre las obligaciones que se imponen al productor, destaca la inclusión en el proyecto de obra de un estudio de gestión de los residuos de construcción y demolición que se producirán en ésta, tanto para residuos peligrosos como inertes.
Las obligaciones del poseedor de residuos radican en la realización de un plan de gestión de residuos, para lo que deberá tener en cuenta el estudio de gestión de residuos del proyecto de ejecución. Además, deberá gestionarlos a través de un gestor de residuos, y deberá separarlos en fracciones para facilitar su valorización o eliminación, según cantidades generadas.